El derecho a cobrar la prestación de desempleo surge cuando una persona se encuentra en situación legal de desempleo y cumple una serie de requisitos exigidos por la ley. Al cumplirlos, y en caso de que se le conceda la prestación, el Estado le abonará un subsidio (o, como comúnmente le denominamos “el paro”).

Por ello, y a priori, podría surgirnos la pregunta ¿qué tiene que ver el paro con el hecho de que yo perciba ingresos por tener alquilada una vivienda de mi propiedad? La pregunta no es insignificante dado que el Servicio Público de Empleo, antes de conceder o denegar cualquier prestación, analiza todos los requisitos que debes cumplir para cobrar el paro, entre los que se encuentra un requisito especialmente curioso y que consiste en carecer de rentas (es decir, de otros ingresos), de cualquier naturaleza, superiores al 75 % del salario mínimo Interprofesional.

Por tanto, el hecho de que tengamos un inmueble de nuestra propiedad en alquiler no impedirá en todo caso que podamos cobrar el paro, ya que podremos cobrarlo siempre y cuando el precio del alquiler de nuestro inmueble no supere el 75% del Salario Mínimo Interprofesional.

Pondremos, a continuación, un ejemplo práctico para entenderlo mejor: Si una persona desempleada tiene una vivienda en propiedad (en la que vive habitualmente) y un buen día recibe en herencia una segunda vivienda o, como inversión, decide comprar un segundo inmueble para alquilarlo, tendremos que fijarnos en el precio por el que queremos alquilar esa segunda vivienda, así como en la cuantía del Salario Mínimo Interprofesional fijado en ese momento en España. A la fecha de redacción de este artículo, el SMI establecido es de 1080€, por lo tanto, siempre que no alquilemos nuestra vivienda por más de 810€ al mes, no deberíamos tener problema en cumplir este requisito para que nos concedieran la prestación por desempleo.

En cualquier caso, son muchos y muy diversos los requisitos que debemos tener en cuenta a la hora de solicitar la prestación por desempleo, por lo que siempre le aconsejamos que, antes de solicitarla, consulte el asunto con un profesional que pueda encargarse de todo y asesorarle de la mejor manera. Si tiene cualquier duda, consúltenos y nuestros abogados le facilitarán presupuesto para estudiar sus circunstancias y de ayudarle de la mejor manera.